sábado 20 DE abril DE 2024

Quieren evitar que legisladores renuncien para asumir como consejeros de la Magistratura

El bloque Demócrata Cristiano presentó un proyecto de ley para impedir que legisladores provinciales que renuncien a sus bancas puedan asumir el cargo de consejero de la Magistratura. 


Lo hace al modificar el artículo 11 de la Ley 2533, de creación del Consejo de la Magistratura, al indicar que “ningún diputado, durante el período para el que fue elegido, ni aun renunciando a su cargo, ni durante el periodo inmediato posterior, podrá ser designado como miembro del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Neuquén”.

De esta forma, sostiene la iniciativa, todo diputado o diputada en ejercicio de su función queda imposibilitado de poder acceder a un cargo que la propia Cámara tiene la potestad de elegir cada cuatro años.


Al respecto, aclara que la propia Constitución Provincial en su artículo 249 inc. 2) establece que el Consejo de la Magistratura debe estar integrado por cuatro representantes de la Legislatura provincial y determina taxativamente que los mismos no pueden ejercer el cargo de diputado. 
El proyecto también modifica otros 7 artículos para evitar arbitrariedades al momento de calificar tanto los antecedentes de los candidatos como las evaluaciones técnicas y la entrevista oral. 


De igual modo, incorpora cambios al artículo 27 para que en aquellos casos en los cuales el candidato nominado no alcance el aval del cuerpo legislativo, se llame nuevamente a concurso para cubrir el cargo y no se avance con el segundo en la lista de mérito definida por el Consejo de la Magistratura, tal como ocurre en la actualidad.     
Sobre las calificaciones, define criterios para puntuar específicamente la antigüedad, el ejercicio profesional, los títulos de grado, posgrado, maestrías, doctorados, docencia universitaria y publicaciones jurídicas y de investigación, entre otros puntos cuantificables. 


En tanto, al referirse a las evaluaciones –prevista en el artículo 23°-, pondera con mayor puntaje la etapa técnica al subir de 20 a 30 puntos su estimación en el resultado final, modificación que reduce el peso del examen oral, que baja de 20 a 10 puntos con los nuevos criterios de evaluación que fija el proyecto.


En sus fundamentos, sostiene que incorporar estos cambios al proceso evaluatorio permitirán evitar discrecionalidades, quedará reglamentada la forma de puntuar y se podrá acotar el margen de imparcialidad en las distintas etapas que definen el concurso.

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